Gestión Académica: Solicitud de evaluación única final
Estudiante
Gestión Académica
Iniciar el procedimiento:
Documentación adjunta a mi solicitud:
Según la causa alegada:
- Copia del contrato de trabajo y fe de vida laboral
- Certificado médico que acredite la situación
- Acuerdo de Estudios
- Cualquier otro que justifique las causas alegadas.
Plazos:
(Ver sección "Tiempos aplicables")
Datos generales
Objeto del procedimiento
Facilitar al estudiantado la presentación de solicitudes de evaluación única final.
Breve descripción del procedimiento
El procedimiento se inicia cuando el estudiante presenta la solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, adjuntando a la misma copia en formato PDF toda la documentación que justifique su petición.
Una vez recibida la solicitud el Departamento o en la Escuela Internacional de Posgrado comprueba las causas alegadas por el estudiante. El Director del Departamento o el Coordinador del Máster resolverá si es procedente o no la evaluación única final.
En el caso de que la resolución sea desestimatoria el estudiante podrá presentar recurso de alzada ante en el Decano de la Facultad o el Director de Centro o Director de la Escuela Internacional de Posgrado, según proceda.
Demás datos del procedimiento
Quién lo puede solicitar
El estudiantado de Grado o Máster matriculado en la asignatura de la que solicita la evolución única final.
Requisitos Administrativos
Estar matriculado en la asignatura para la que se solicita la evaluación única final.
Tiempos aplicables
- Al comienzo de cada semestre habrá una convocatoria en la que se solicitará la evaluación correspondiente a las asignaturas matriculadas en ese semestre.
- Durante las dos primeras semanas de impartición de la asignatura.
- No obstante y con carácter excepcional, para que sea posible el cómputo de dicho plazo de dos semanas para la solicitud de evaluación única final, se tendrá en consideración que su inicio será desde el día en que efectivamente queda matriculado, ya sea en el caso de los estudiantes que alteran su matrícula en los últimos días de plazo previsto para ello, o una vez le es adjudicada la plaza en el proceso de preinscripción para iniciar estudios de grado en las universidades públicas de Andalucía, así como en otros posibles supuestos excepcionales sobrevenidos
Cómo lo puede solicitar el usuario y cómo responde la UGR
Solicitud telemática presentada a través de la Sede Electrónica:
- Con certificado digital o
- Con usuario y clave de acceso identificado de UGR.
Las notificaciones se realizarán a través HERMES, el sistema web de notificaciones electrónicas de la Universidad de Granada.
Plazo de resolución
Diez días hábiles. Transcurrido dicho plazo sin que el estudiante haya recibido respuesta expresa por escrito, se entenderá estimada la solicitud.
Recurso que procede
Recurso de alzada ante el Decano o Director de su Facultad o Escuela.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)